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Misión, valor y objetivos

SOBRE NUESTRA INSTITUCIÓN

Misión, valor y objetivos de la Policia de la Provincia de San Luis

Ley XV – 0981 – 2017
LEY ORGÁNICA POLICIAL

ARTÍCULO 1º.- La Policía de la provincia de San Luis, es la institución que tiene a su cargo el mantenimiento del orden público y la paz social, actúa como auxiliar permanente de la justicia y ejerce por si las funciones que las Leyes, Decretos, Ordenanzas y Reglamentos establecen para resguardar la vida, los bienes y demás derechos consagrados por la Constitución Nacional, Constitución Provincial y Leyes de la Nación y de la Provincia.

Desempeñará sus funciones en todo el territorio de la Provincia, excepto aquellos lugares sujetos exclusivamente a la jurisdicción militar o federal y/u otra policía de seguridad.-

ARTÍCULO 2º.- El Personal Policial prestará colaboración y actuación supletoria, en los casos previstos por las Leyes, a los Jueces Nacionales y Provinciales.
Del mismo modo la cooperación será la norma de conducta en las relaciones con otros organismos gubernamentales, Policía Federal Argentina, Prefectura Nacional Marítima, Gendarmería Nacional y Policía de Seguridad Aeroportuaria en los asuntos que competan a estas Instituciones, dentro del territorio Provincial.
La cooperación, colaboración, y coordinación de procedimientos cautelares, adquisitivos, probatorios y meramente administrativos, con otras Policías Provinciales, se ajustará a las normas establecidas por las Leyes vigentes y los convenios y acuerdos aprobados por Decretos del Poder Ejecutivo Provincial.-

 

ARTÍCULO 3º.- Ausente la Policía Federal, la Gendarmería Nacional o la Policía de Seguridad Aeroportuaria, el Personal de la Institución estará obligado a intervenir por hechos ocurridos en jurisdicción de aquéllas, al sólo efecto de prevenir el delito, asegurar la persona del delincuente o realizar medidas urgentes para la conservación de las pruebas.
Deberá dar aviso a la autoridad correspondiente entregando las actuaciones instruidas con motivo del procedimiento, los detenidos y objetos e instrumentos del delito, si lo hubiere.-

 

ARTÍCULO 4º.- Todos los integrantes de la institución policial, en cualquier momento y lugar de la Provincia, deberán ejercer la jurisdicción territorial para la ejecución de actos propios de sus funciones de policía de seguridad y judicial, siempre que los mismos cumplan los demás requisitos exigidos por la Ley.
Las divisiones administrativas que para el mejor desempeño de las funciones policiales, se determinan en esta Ley, Decretos y Reglamentos policiales, serán meramente de orden interno.-

ARTÍCULO 5º.- Lo dispuesto en el Artículo anterior, será aplicable cuando:

a) El procedimiento se realice de modo excepcional, en cumplimiento de orden proveniente de autoridad competente para impartirla, en razón del cargo;
b) Que no hubiere, en el momento y lugar de la intervención, otro funcionario competente para actuar y en condiciones para hacerlo;
c) Que el personal interviniente, por razón del número u otra circunstancia, no satisfaga las necesidades del procedimiento. En estos casos, se estará en atención al pedido de colaboración inmediata, o circunstancias razonablemente indicadoras de intervención necesaria.-

 

ARTÍCULO 6º.- Los actos ejecutados por personal que no tuviera competencia en el lugar del procedimiento, pero sí facultad para realizarlo y reúna los demás requisitos exigidos por la Ley será válido para todos sus efectos.
Lo expuesto no inhabilitará la acción disciplinaria que pudiera corresponder, cuando el interviniente hubiera violado el orden interno establecido.-

 

ARTÍCULO 7º.- Cuando el Personal de la Policía Provincial, por la persecución inmediata de delincuente/s, o sospechoso/s de delito, deba traspasar en el territorio de otra Provincia, o jurisdicción nacional, se ajustará a las reglas que para tales efectos establezcan las Leyes de procedimiento aplicables, o en su defecto, las normas fijadas por convenciones y prácticas policiales inter jurisdiccionales.
Ello siempre será comunicado a la policía del lugar, indicando las causas del procedimiento y sus resultados.-

Policia de la provincia de san luis

Somos tu policía.
Estamos para cuidarte.